El TSJ de Madrid ha denegado, por verse afectados los derechos y las libertades fundamentales, las restricciones de Sanidad en la Comunidad de Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha tumbado el confinamiento perimetral y las restricciones de Sanidad aplicadas en diez municipios de la región al considerar de que afectan a “los derechos y libertades fundamentales” de los ciudadanos.
De esta manera, quedan anuladas las restricciones de movilidad en los municipios de Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz, que se aprobaron en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y que el Gobierno de Ayuso comenzó a aplicar el 2 de octubre.
Las autoridades tampoco podrán imponer multas a los ciudadanos que no cumplan el confinamiento perimetral, mientras que los comercios y locales de restauración podrán recuperar su horario normal. Y es que, según la orden publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), tenían que cerrar antes de las 23:00 horas.
Los magistrados consideran que, sin pasar por el Congreso, no cabe restricciones como las aplicadas en Madrid: “Los derechos fundamentales que la Constitución atribuye a los ciudadanos no pueden verse afectados por ninguna injerencia estatal no autorizada por sus representantes mediante una disposición con rango de Ley”, sostiene. “Este es un presupuesto de necesario cumplimiento para que esta Sala, cuya función es administrar justicia, sometida únicamente al imperio de la ley, interpretando y aplicando nuestro ordenamiento jurídico, pueda autorizar o ratificar medidas adoptadas por las autoridades sanitarias por razones de salud pública que impliquen limitación o restricción de derechos fundamentales”.
Una vez expuestos los motivos por los que no cabe ratificar las actuales restricciones, el tribunal apunta entonces al estado de alarma como alternativa, como ya ocurrió en los meses más duros de la pandemia: “Nuestro sistema constitucional articula instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes para delimitar, modular, restringir, e incluso suspender los derechos fundamentales de las personas, respetuosos con las garantías constitucionales”, explica.