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Coches a 30 km/h y via libre para cruzar para los peatones en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid está revolucionando la manera de moverse por la capital. Si hace unos días salía a la luz la prohibición de circular para coches sin pegatina ambiental en episodios de contaminación, hoy acaba de presentar un borrador de movilidad en el que reducirá la velocidad de los coches a 30 km/h y permetirá a los peatones cruzar por donde quieran. ¿Que os parece?

El Ayuntamiento de Madrid reducirá la velocidad de circulación a 30 km/h en todas las calles de un único carril y de un carril por sentido en la capital, y reducirá hasta los 20 km/h la velocidad en los barrios con aceras al mismo nivel que la calzada. Además, los peatones podrán cruzar estas vías por cualquier punto de la calzada.

Así se establece en el primer borrador de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible elaborado por el Área de Medio Ambiente del consistorio madrileño.  Una nueva ordenanza municipal que apuesta por “una mayor convivencia y seguridad vial, una movilidad más sostenible y la protección de determinados colectivos, como las personas con movilidad reducida o entornos escolares u hospitalarios”.

Además de estas nuevas limitaciones de velocidad, la ordenanza contempla que los peatones puedan cruzar por cualquier punto de estas “calles 30” sin necesidad de utilizar un paso de peatones, y recoge algunas de las demandas de los ciclistas.

Con esta nueva ordenanza el Ayuntamiento de Madrid pretende “reducir la siniestralidad y pacificar el tráfico en beneficio de ciclistas y peatones”, y mejorar la lucha contra los niveles de contaminación en la capital.

Ahora se abre un proceso participativo en Decide Madrid , que servirá para finalizar el borrador, que deberá pasar por un periodo de información pública y tendrá que ser aprobado en el Pleno municipal del Ayuntamiento de Madrid.

Patines y monopatines regulados y sin auriculares

El borrador de la ordenanza de Movilidad regula, por primera vez, el uso de los vehículos de movilidad urbana de tipo personal en la vía pública, como los monopatines -que tendrá un uso exclusivamente deportivo- o los patinetes eléctricos. De aprobarse esta ordenanza, se exigirá la edad mínima de 16 años para poder conducir este tipo de vehículos y, bajo ningún concepto, podrá hacerse utilizando auriculares.

Límites de aparcamiento para las motos

En cuanto al estacionamiento de vehículos, las motos solo podrán hacerlo si dejan más de tres metros libres para el tránsito peatonal siempre que no haya una banda de estacionamiento en la calzada. Si existe esta banda de estacionamiento, las motos no podrán aparcar en la acera.

Además de en las zonas con estas bandas, el estacionamiento de las motos en la acera quedará prohibido en las zonas señalizadas como de prioridad peatonal.

Una vez redactada, la ordenanza definitiva tendrá que pasar un periodo de información pública y deberá ser aprobada por el Pleno municipal.

Bicicletas

Se fomenta de manera importante la movilidad ciclista hasta el punto en que se permitirá girar a la derecha con semáforo en rojosiempre que se trate de un giro señalizado. Además, se permitirá la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas con velocidad de 20 km/h o inferior), ciclocalles y red viaria local si se señaliza.

También se regula el registro para bicis, que será obligatorio para los servicios de alquiler y otras actividades económicas, y expresamente se citará la posibilidad de retirar bicicletas por motivos de seguridad vial, peatonal o afección al patrimonio municipal. Ante la llegada de nuevos sistemas de bicicleta de alquiler sin base fija,también se establecerán sus requisitos mínimos: seguros, matrícula, redistribución, mantenimiento y controles técnicos, en tanto que a través de concesión se garantizará que sus servicios estén disponibles en toda la ciudad.

Aparcamiento

El borrador de la normativa pone el foco en las zonas colindantes a la SER, donde actualmente existen momentos de gran afluencia de vehículos en busca de aparcamiento. La idea es dar prioridad a los vecinos de esas zonas, que no pagarán tasas ni tendrán límite de tiempo de estacionamiento siempre que se produzca una solicitud de los ciudadanos mediante un proceso de participación. Es lo que llaman “zonas de aparcamiento vecinal”.

Se regulará la parada de taxi en carril bus-taxi para subida y bajada de viajeros por un tiempo máximo de dos minutos, pero no se permitirá la parada para esperar dentro del vehículo al cliente, en los servicios previamente concertados mediante teléfono o app, ni a los taxis ni a los VTC en estos carriles.

También, se recogerá la prohibición de estacionamiento de vehículos sin distintivo ambiental desde 2020 excepto residentes (2025), vehículos comerciales ya en alta (2022) y vehículos de dos y tres ruedas, personas con movilidad reducida y emergencias. Estas normas están contempladas en la medida 6 del Plan A de Calidad y Cambio Climático.

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