Un juez, al considerar que no se pueden limitar derechos fundamentales sin una previa declaración de alarma, ha anulado la prohibición de fumar y la regularización de horario de bares en Madrid.
Un juez ha anulado la orden de la Comunidad de Madrid que desde este jueves establecía la prohibición de fumar en la vía pública siempre que no se pudiera guardar la distancia de seguridad de dos metros y que además, regulaba la apertura de los locales de hostelería hasta la 1.00 horas, sin poder aceptar clientes desde la medianoche, y terminaba con el ocio nocturno.
El magistrado, sustituto del titular del del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Madrid, Alfonso Villagómez, la ha dejado sin efecto al enteder que se basa una norma del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado. Además, en el auto dado a conocer este viernes, reconoce que «desde una Comunidad autónoma no se pueden limitar los derechos fundamentales sin una previa declaración de estado de alarma».
«Los derechos fundamentales no son ilimitados, pueden modularse cumpliendo los requisitos legales para ello y, aunque puedan justificarse determinadas decisiones desde el prisma de criterios no jurídicos, supuestos como el que se somete a nuestra consideración en el análisis de la orden, no adquieren la categoría de limitación y afectación de los derechos fundamentales, y, en el caso hipotético de que lo fueran, por lo dicho más arriba, no podrían ser limitados por medio de una disposición administrativa como es la de la Consejería de Sanidad», apunta la resolución.
El juez asegura que es «consciente» de las dificultades a las que se enfrenta el país debido a la pandemia y de la necesidad de conjugar las cuestiones sanitarias y económicas, pero advierte de que la covid-19 ha dejado al descubierto «muchos problemas normativos y jurídicos» que deben resolverse por los órganos constitucionalmente competentes, respetando la legislación vigente y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
A su juicio, es innecesario diseñar nuevos instrumentos jurídicos, como piden las comunidades autónomas, porque «ya existen en el ordenamiento español y solo hace falta ponerlos en marcha». Se refiere en concreto a la declaración del estado de alarma, que permitiría restringir derechos fundamentales y libertades.
En primer lugar pretender que los bares y locales de ocio son el epicentro de la actual situacion de “rebrotes” es no solo faltar a la verdad,sino ademas tomarnos por insulsos a todos,los casos mas graves detectados hasta el momento en toda España parten de reuniones familiares,fiestas ilegales y botellones tambien ilegales,en que parte de esta ecuacion aparecen los bares y locales de ocio?,lo que es peor aun,se limitan las horas de funcionamiento de estos locales,como si antes de las 12 de la noche no se propagara el virus y despues si,menuda excusa mas pobre para tratar de arruinar un pais usan aqui los gobiernos de todo ambito amigos!!!!!!.